Siempre que no sea objeto de la actividad concertada

A Coruña, 13 de diciembre de 2018

La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en sentencia del pasado 5 de diciembre hecha publica hoy, da la razón a la apelación presentada por los Servicios Jurídicos del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de A Coruña, en defensa de la autorización de compatibilidad de una colegiada para el ejercicio profesional de su actividad en la medicina pública y privada.

En la resolución, de la que es ponente el magistrado Benigno López, se señala que la actividad privada que va a desarrollar la médica del centro sanitario, con autorización de uso con el Sergas (equivalente al concierto) “resulta compatible con su actividad pública siempre que no incida en el objeto de la autorización de uso o concierto”.

En suma, el TSXG estima el recurso del Colegio Médico frente al Sergas, y concede la autorización de compatibilidad.

Esta sentencia tiene una gran trascendencia, dado el número de médicos afectados que compatibilizan el ejercicio de la sanidad pública y privada con la realización de actividades fuera del objeto del concierto que los hospitales y centros privados mantienen con el Sergas. Una situación que derivó en la incoación de un elevado número de expedientes disciplinarios a facultativos, y la imposición de algunas sanciones de enorme gravedad.