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POSICIONAMIENTO DEL CONSELLO GALEGO DE COLEXIOS MÉDICOS ANTE LAS ÚLTIMAS INSTRUCCIONES SOBRE ATENICIÓN PRIMARA DE LA CONSELLERÍA DE SANIDADE Y EL SERGAS
- Martes, 24 Mayo 2022
- / Escrito por Administrador
Reunido en Junta Ordinaria el Consello Galego de Colexios Médicos, y tras estudiar y analizar las propuestas que elaboraron las diferentes juntas directivas, comisiones deontológicas y asesorías jurídicas de los cuatro colegios respecto al Plan XIDE y la instrucción de accesibilidad a las pruebas complementarias en Atención Primaria de la Conselleria de Sanidade y el Sergas, expone públicamente su posición ante las mismas.
En ninguna de las dos se afronta de forma directa el grave problema de la Atención Primaria en la línea de lo propuesto como medidas urgentes en el documento de expertos Por una atención primaria vertebradora del sistema de salud —entre las que se incluye “dignificar el desempeño que realizan los profesionales aumentando su número en los dispositivos que tengan una elevada carga asistencial y corregir el impacto de la demanda ‘bloqueante’”— implementándolas con la memoria económica, los cambios organizativos y la reorganización de los recursos humanos que sea precisa. Por el contrario, ambas iniciativas optan por alternativas parciales, desenfocadas, poco útiles y muy cuestionables en cuanto al respeto a las competencias de las diferentes profesiones sanitarias. Se generalizan planes e instrucciones en dispositivos muy diferentes entre sí, en lugar de centrarse en empoderar a los equipos de Atención Primaria —fortaleciendo, entre otras cosas, la figura del jefe de Servicio— para mejorar los procedimientos y hacer posible una atención de calidad y equidad a los pacientes.
Plan XIDE
Se trata de un triaje encubierto basado en un algoritmo no validado metodológicamente y pilotado en dos centros de salud que pretende generalizarse al resto de centros de salud de Galicia, con condiciones asistenciales muy distintas y con fórmulas de organización asistencial muy variables.
La Unión Europea pone cordura: Covid-19 enfermedad profesional para los médcos
- Jueves, 19 Mayo 2022
- / Escrito por Administrador
El miércoles 18 de mayo de 2022, los Estados miembros, los trabajadores y los empresarios en el Comité Consultivo de Seguridad y Salud en el Trabajo (ACSH) de la UE llegaron a un acuerdo sobre la necesidad de reconocer el COVID-19 como una enfermedad profesional en la atención social y sanitaria y en la asistencia domiciliaria y, en un contexto de pandemia, en sectores donde hay un brote en actividades con riesgo comprobado de infección, y apoyó una actualización de la lista de enfermedades profesionales de la UE.
Esta calificación de enfermedad profesional para los contagiados por SARS-CoV-2 es la utilizada por la mayoría de los países para los trabaja-dores que han contraído la enfermedad (COVID-19) en su puesto de trabajo. Tanto la OIT como la OMS han advertido que los trabajadores de la sa-lud infectados con Covid-19 después de la exposición en el lugar de trabajo deberían ser considerados afectados de enfermedad profesional.
Igualmente importante es que el síndrome post-COVID19 o COVID pro-longado se catalogue como enfermedad profesional: se trata de una entidad patológica que implica secuelas físicas, médicas y cognitivas/psíquicas tras haber pasado infección por COVID19 con repercusión en distintos órganos y sistemas.
Dicha entidad patológica puede cursar con manifestaciones generales, tromboembólicas, respiratorias, ORL, cardiacas, osteoarticulares, digesti-vas, neurológicas, endocrinológicas, psiquiátricas, dermatológicas, rena-les… ninguna de momento específica, pero siempre derivada de un diag-nóstico previo de “COVID19 enfermedad”.
En España se viene solicitando desde diversos ámbitos el desarrollo de las medidas legales necesarias para que la infección de coronavirus (COVID19) y todas sus secuelas en los profesionales sanitarios tanto del Sistema Nacional de Salud como de la Sanidad Privada, que requieran baja laboral, sean reconocidas como enfermedad profesional a todos los efectos.
No es de recibo que la Seguridad Social obligue a acudir a los afectados a la vía judicial para lograr una declaración de enfermedad profesional.
En nuestro ordenamiento jurídico se parte de un sistema de lista cerrada de enfermedades profesionales, pudiendo ser calificadas como tales las adquiridas como consecuencia del trabajo, pero siempre que se encuentran incluidas en los cuadros comprensivos de las mismas.
Según la legislación española vigente, los 3 requisitos que han de estar pre-sentes para reconocer una patología como enfermedad profesional en nues-tro país son:
1. Una enfermedad recogida en el listado oficial de enfermedades profesio-nales (EPs).
2. Un riesgo probado de exposición al agente causal específico para esa en-fermedad.
3. Y una profesión en la que se está expuesto a dicho riesgo causante de la enfermedad.
En definitiva, dicho acuerdo europeo supone un gran avance y un acto de justicia para los profesionales sanitarios.
ARTURO LOURO, MEDALLA DE ORO Y BRILLANTES DEL COLEGIO MÉDICO
- Lunes, 14 Marzo 2022
- / Escrito por Administrador
El doctor Louro recibirá el galardón en el transcurso del XIV Encuentro Médico, que se celebrará el próximo 18 de junio en el Paraninfo de la Universidad de A Coruña.
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