Noticias

POSICIONAMIENTO DEL CONSELLO GALEGO DE COLEXIOS MÉDICOS ANTE LAS ÚLTIMAS INSTRUCCIONES SOBRE ATENICIÓN PRIMARA DE LA CONSELLERÍA DE SANIDADE Y EL SERGAS

Reunido en Junta Ordinaria el Consello Galego de Colexios Médicos, y tras estudiar y analizar las propuestas que elaboraron las diferentes juntas directivas, comisiones deontológicas y asesorías jurídicas de los cuatro colegios respecto al Plan XIDE y la instrucción de accesibilidad a las pruebas complementarias en Atención Primaria de la Conselleria de Sanidade y el Sergas, expone públicamente su posición ante las mismas.

En ninguna de las dos se afronta de forma directa el grave problema de la Atención Primaria en la línea de lo propuesto como medidas urgentes en el documento de expertos Por una atención primaria vertebradora del sistema de salud —entre las que  se incluye “dignificar el desempeño que realizan los profesionales aumentando su número en los dispositivos que tengan una elevada carga asistencial y corregir el impacto de la demanda ‘bloqueante’”— implementándolas con la memoria económica, los cambios organizativos y la reorganización de los recursos humanos que sea precisa. Por el contrario, ambas iniciativas optan por alternativas parciales, desenfocadas, poco útiles y muy cuestionables en cuanto al respeto a las competencias de las diferentes profesiones sanitarias. Se generalizan planes e instrucciones en dispositivos muy diferentes entre sí, en lugar de centrarse en empoderar a los equipos de Atención Primaria —fortaleciendo, entre otras cosas, la figura del jefe de Servicio— para mejorar los procedimientos y hacer posible una atención de calidad y equidad a los pacientes.

Plan XIDE

Se trata de un triaje encubierto basado en un algoritmo no validado metodológicamente y pilotado en dos centros de salud que pretende generalizarse al resto de centros de salud de Galicia, con condiciones asistenciales muy distintas y con fórmulas de organización asistencial muy variables.

Este programa no respeta —sobre todo por condiciones estructurales no adaptadas a este tipo de gestión de la demanda— los requisitos de confidencialidad en las solicitudes asistenciales de los pacientes. Y penaliza, por defecto, a los que no deseen explicitar su solicitud según el algoritmo predeterminado.

Además, hace recaer sobre personal no sanitario (PSX) decisiones asistenciales y relacionadas con los tiempos de atención —con la responsabilidad jurídica que implica—, a pesar de que estos profesionales no están formados para ello. Por lo tanto, el plan vulnera las competencias legales de las profesiones sanitarias explicitadas en la LOPS y varios artículos del Código Deontológico, que señalan que es el facultativo quien debe fijar el tiempo necesario para cada acto médico teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada paciente.

La opinión generalizada de los PSX, los médicos y otras profesiones sanitarias que desarrollan su trabajo en Atención Primaria es que esta herramienta no va a mejorar la gestión de la demanda, y que incluso puede complicarla más.

En todo caso, se trata de un plan con todas las características de instrucción o normativa que no ha sido publicado como tal, lo que complica su impugnación razonada.

Como Consello entendemos —y así lo hemos expuesto a la Consellería y al Sergas— que la necesaria mejora en la gestión de la demanda en Atención Primaria pasa por definir claramente los procesos administrativos sin contenido asistencial relevante para que, con las instrucciones pertinentes, sean asumidos directamente por los PXS, descargando así la actividad asistencial del personal asistencial. Y también por la implantación de un procedimiento de resolución de la demanda no programada o urgente con un triaje previo o un modelo de gestión de la urgencia implementado, necesariamente, por personal asistencial.

Instrucción 1/22, por la que se determina el acceso a las pruebas diagnósticas de laboratorio e imagen para su solicitud desde Atención Primaria
Después de años solicitando para los médicos de Atención Primaria el acceso a todas las pruebas complementarias que se realicen en su área sanitaria —con el objetivo de incrementar su capacidad resolutiva y eliminar discriminaciones no justificables—, nos resulta incomprensible la publicación de esta instrucción en la que, en su punto tercero, generaliza dicho acceso a todas las categorías profesionales. La única salvaguarda es que la Xerencia de cada área puede asociarlo a un determinado perfil o protocolo, para lo que se señala como fecha límite el 1 de mayo de 2022.

Entendemos que la solicitud de una prueba de imagen o de laboratorio corresponde en exclusiva al médico, que será quien interprete y gestione el resultado. Y tememos que, de cumplirse esta desafortunada instrucción, los servicios de Análisis Clínicos y Radiología —entre otros— sufrirán una sobrecarga inadecuada, a mayores de la que ya soportan.

Cuestión diferente sería que, fruto de un acuerdo o protocolo consensuado en determinados casos, el médico, por motivos operativos, delegue en otros profesionales sanitarios algunas solicitudes concretas de pruebas complementarias. En todo caso, estas excepciones —que se vienen implementando desde hace tiempo— no precisan de una instrucción tan inútil y desajustada, de la que no alcanzamos a entender su objetivo.

Hemos solicitado aclaraciones a la Conselleria y al Sergas sin que, por el momento, hayamos recibido una respuesta satisfactoria. Creemos que la única solución pasa por la retirada del punto 3 o por la reformulación completa y consensuada de la instrucción —de la que, por cierto, solo tuvimos conocimiento tras su publicación en los medios de comunicación—. De no hacerse así, nos reservamos la opción de tomar las medidas legales necesarias.

Lamentamos mantener una posición tan crítica, pero estamos seguros de que representa a la inmensa mayoría de los colegiados. Nuestro deber constitucional de velar por una correcta asistencia sanitaria, con la necesaria calidad, seguridad y equidad, y por la deontología médica con la que nos hemos dotado, nos obliga a formular públicamente estas apreciaciones. Siempre estaremos a disposición de los responsables sanitarios públicos para mantener un diálogo constructivo con el objetivo común de mejorar la salud de los ciudadanos.

La Unión Europea pone cordura: Covid-19 enfermedad profesional para los médcos

El miércoles 18 de mayo de 2022, los Estados miembros, los trabajadores y los empresarios en el Comité Consultivo de Seguridad y Salud en el Trabajo (ACSH) de la UE llegaron a un acuerdo sobre la necesidad de reconocer el COVID-19 como una enfermedad profesional en la atención social y sanitaria y en la asistencia domiciliaria y, en un contexto de pandemia, en sectores donde hay un brote en actividades con riesgo comprobado de infección, y apoyó una actualización de la lista de enfermedades profesionales de la UE.

Esta calificación de enfermedad profesional para los contagiados por SARS-CoV-2 es la utilizada por la mayoría de los países para los trabaja-dores que han contraído la enfermedad (COVID-19) en su puesto de trabajo. Tanto la OIT como la OMS han advertido que los trabajadores de la sa-lud infectados con Covid-19 después de la exposición en el lugar de trabajo deberían ser considerados afectados de enfermedad profesional.

Igualmente importante es que el síndrome post-COVID19 o COVID pro-longado se catalogue como enfermedad profesional: se trata de una entidad patológica que implica secuelas físicas, médicas y cognitivas/psíquicas tras haber pasado infección por COVID19 con repercusión en distintos órganos y sistemas.

Dicha entidad patológica puede cursar con manifestaciones generales, tromboembólicas, respiratorias, ORL, cardiacas, osteoarticulares, digesti-vas, neurológicas, endocrinológicas, psiquiátricas, dermatológicas, rena-les… ninguna de momento específica, pero siempre derivada de un diag-nóstico previo de “COVID19 enfermedad”.

En España se viene solicitando desde diversos ámbitos el desarrollo de las medidas legales necesarias para que la infección de coronavirus (COVID19) y todas sus secuelas en los profesionales sanitarios tanto del Sistema Nacional de Salud como de la Sanidad Privada, que requieran baja laboral, sean reconocidas como enfermedad profesional a todos los efectos.

No es de recibo que la Seguridad Social obligue a acudir a los afectados a la vía judicial para lograr una declaración de enfermedad profesional.

En nuestro ordenamiento jurídico se parte de un sistema de lista cerrada de enfermedades profesionales, pudiendo ser calificadas como tales las adquiridas como consecuencia del trabajo, pero siempre que se encuentran incluidas en los cuadros comprensivos de las mismas.

Según la legislación española vigente, los 3 requisitos que han de estar pre-sentes para reconocer una patología como enfermedad profesional en nues-tro país son:

1. Una enfermedad recogida en el listado oficial de enfermedades profesio-nales (EPs).
2. Un riesgo probado de exposición al agente causal específico para esa en-fermedad.
3. Y una profesión en la que se está expuesto a dicho riesgo causante de la enfermedad.

En definitiva, dicho acuerdo europeo supone un gran avance y un acto de justicia para los profesionales sanitarios.


ENLACE AL DOCUMENTO DE LA UNIÓN EUROPEA

ARTURO LOURO, MEDALLA DE ORO Y BRILLANTES DEL COLEGIO MÉDICO

La Junta Directiva del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de A Coruña decidió por unanimidad, a propuesta de la Comisión de Honores y Premios, conceder la medalla de Oro y Brillantes de la institución al doctor Arturo Louro González, “uno de los pioneros de un nuevo concepto de atención primaria, que supuso un cambio cualitativo clave en la atención de los pacientes de este nivel asistencial dentro del Sistema Público de Salud”, como recoge el acta de concesión.

Según la Comisión, el galardonado es merecedor de la distinción “por ser un médico total, por su meritoria e incansable actividad en los ámbitos de la asistencia, docencia, investigación e innovación, y por su compromiso permanente con la mejora de la atención primaria y, ya jubilado, haberse puesto a disposición de los enfermos y la autoridad sanitaria para hacer frente a la pandemia por covid-19”.

El doctor Louro recibirá el galardón en el transcurso del XIV Encuentro Médico, que se celebrará el próximo 18 de junio en el Paraninfo de la Universidad de A Coruña.